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El sismo no sepultó el derecho de propiedad en los edificios colapsados

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Especialistas jurídicos ratifican la vigencia de la titularidad sobre el terreno y las alícuotas inmobiliarias tras la pérdida física de los inmuebles.

Por: Kairos Digital; Lenin E. Gonzalez H. Periodista Digital

Fuente: Últimas Noticias / Ley de Propiedad Horizontal

CARACAS — Tras la ocurrencia de un sismo que provoque el colapso estructural o la pérdida total de una edificación, el marco legal venezolano garantiza que los derechos de propiedad de los copropietarios no se extinguen. Así lo señalan especialistas en derecho inmobiliario y registral al analizar el alcance de la legislación vigente en el país.

A pesar de la destrucción física del bien inmueble, la titularidad sobre el terreno, las áreas comunes y el porcentaje de alícuota establecido en el documento de condominio se mantiene plenamente vigente a favor de los propietarios registrados, constituyendo la base jurídica para eventuales proyectos de reconstrucción o indemnización.

📊 Marco jurídico y derechos de los copropietarios ante un colapso

Aspecto Legal / Inmueble Condición tras el Sismo Instrumento Jurídico Aplicable Impacto en los Copropietarios
Derecho sobre el Terreno Inextinguible y compartido proporcionalmente. Ley de Propiedad Horizontal (Art. 10 y ss.). Mantiene la copropiedad del lote según la alícuota.
Alícuota Inmobiliaria Conserva su valor porcentual registrado. Documento de Condominio y Título de Propiedad. Determina la participación en seguros o reconstrucción.
Registro Inmobiliario Asiento registral permanece activo. Ley del Registro Público y del Notariado. Protege frente a ocupaciones o adjudicaciones arbitrarias.
Cobertura de Seguros Liquidación según pólizas vigentes. Código de Comercio / Pólizas de Inmuebles. Compensación por la pérdida de la bienhechuría.

🔍 Análisis legal: Garantías patrimoniales y reconstrucción

La Ley de Propiedad Horizontal prevé mecanismos claros para abordar escenarios de destrucción total o parcial de los edificios. Abogados expertos en la materia destacan tres aspectos fundamentales para la protección de las familias afectadas:

  1. Permanencia de la copropiedad: La colapso de las paredes y placas no destruye la fracción del suelo que le corresponde a cada apartamento. Los copropietarios continúan siendo dueños proindiviso de la parcela donde se erigía la estructura.

  2. Toma de decisiones de la asamblea: Corresponde a la asamblea de copropietarios, mediante las mayorías fijadas por la ley, decidir la reconstrucción del inmueble, la venta del terreno o la reorganización del proyecto habitacional.

  3. Resguardo ante terceros: La vigencia de los títulos en los Registros Públicos impide que los terrenos declarados en emergencia sean objeto de apropiaciones indebidas, garantizando que cualquier desarrollo futuro requiera la aprobación de los legítimos propietarios.

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